Sociedad Española de Medicina Estética
Más información sobre opciones publicitarias
5 FEBRERO 2003

Cataluña acuerda los requisitos para abrir clínicas de medicina estética

El Departament de Sanitat de la Generalitat de Catalunya está redactando una orden específica que recoge los requisitos que tendrán que cumplir los centros de medicina estética catalanes, y que se publicará en un plazo aproximado de un mes.

El documento establece que un centro de medicina estética es una unidad asistencial en la que un médico es responsable de realizar tratamientos no quirúrgicos, con la finalidad de mejorar la estética corporal o facial. Por tanto, los responsables de la actividad tienen que ser médicos titulados que, además, deben elaborar historiales clínicos de los pacientes. Asimismo, los locales han de cumplir con unas condiciones de higiene y seguridad mínimas.

La subdirectora general de Recursos Sanitaris de la Generalitat, Esther Busquets, ha declarado que los centros que pretendan aplicar tratamientos quirúrgicos tendrán que cumplir con los requisitos ya vigentes para cirugía mayor, menor o ambulatoria, que se aprobaron a finales de 2001. Las clínicas de medicina estética podrán aplicar anestesia tópica o local exclusivamente para los tratamientos establecidos, que además sólo podrán utilizar fármacos y productos autorizados por la Agencia Española del Medicamento bajo las indicaciones y condiciones de uso aprobadas.

En la elaboración de este texto han colaborado representantes de la Sociedad Española de Medicina Estética, Sociedad Catalana de Anestesiología, Sociedad Catalana de Angiología, Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética, Sección Colegial de Médicos de Estética del Colegio Oficial de Médicos de Barcelona, Sociedad Catalana de Alimentos y Dietética Clínica, Sociedad Española de Láser Médicoquirúrgico y las subdirecciones generales de Farmacia y Servicios Sanitarios de la Generalitat.

Los servicios que estas clínicas pueden ofrecer son, entre otros, blanqueos dentales, implantes de relleno en zonas como la cara y labios, peelings, tratamientos antienvejecimiento, fotodepilaciones, hidroterapia, dermopigmentación y tratamientos para eliminar la grasa. La nueva normativa especifica que estos tratamientos sólo pueden ser realizados por licenciados en medicina y cirugía, y que sus colaboradores deberán ser titulados. Los tratamientos con láser sólo pueden ser aplicados por profesionales sanitarios con una formación adecuada, y siempre bajo supervisión de doctores. Por último, los pacientes tienen que ser informados a los riesgos a los que se someten y tienen que firmar una autorización por escrito.